Bisnieto del Bosque
5.1) Sobre el “derecho a recibir información”.
XF: "Luego, sostienes que el “derecho a recibir información” consiste “esencialmente en el derecho a no sufrir censura por parte […] del mismo Estado”, con lo cual asumes que “lo único que puede y tiene que hacer el Estado en pro de ese derecho es no interferir en el proceso de comunicación”. Esta es una importante diferencia entre tu pensamiento sobre este tema y el que yo postulo. El derecho de toda persona a expresarse (digamos, la dimensión individual de la libertad de expresión) y el derecho de toda persona a recibir información (digamos, la dimensión social de la libertad de expresión) no solamente lo puede censurar el Estado, sino que también lo puede censurar (o llama como quieras al efecto de impedir la expresión de ciertas voces o de privilegiar otras y a la distorsión de información para satisfacer un propósito de interés particular de la empresa de comunicación) los medios de comunicación. Esa censura, por ejemplo, que puede sucederle a los periodistas que trabajan en un medio de comunicación (v. informe de la Ciespal acá): de ahí la necesaria regulación de la cláusula de conciencia. Esa distorsión, por ejemplo, que puede afectar la honra delas personas: de ahí la necesaria regulación del derecho de rectificación o respuesta. Ese acallar de algunas voces o privilegiar otras: de ahí la necesaria regulación de los monopolios y oligopolios, así como la creación de medios públicos y comunitarios. "
Desde hace algún tiempo, el autor del párrafo citado ejerce "censura" (según su propio criterio aquí expresado) en la sección de comentarios de su blog, donde algunas "voces" (es decir, lectores de su blog que se molestan en comentar el contenido de algún artículo) son "impedidas en su expresión", es decir, sus comentarios son suprimidos. El propio XF justifica este actuar con el argumento de que los comentarios suprimidos, que se intuyen de naturaleza ofensiva, no contribuyen al debate que se pretende establecer. Si el lector quiere, puede echar un vistazo a los comentarios que sí se publican, para formar su propio criterio respecto a si todos ellos contribuyen a algún debate. En fin. Lo que hace XF (ejercer de "moderador" de los comentarios siguiendo su propio criterio) lo he hecho yo también en algún momento; es algo rutinario en este mundo bloguero, y no tiene apenas trascendencia, eso es, hasta el momento que alguien grita "¡censura!" (lo cual, de modo algo paradójico, en el pasaje citado le cae el propio "censor" hacer). En tal caso, nosotros (los blogueros) nos vemos obligados a defendernos contra tamaña acusación. La defensa más habitual consiste en alguna variante o traducción de las palabras get yer own friggen blog. Sinceramente, creo que con eso basta. Es decir, hablar de censura (intento de silenciar la expresión de alguna opinión o la difusión de alguna información) no resulta demasiado creíble en un medio como el Internet, donde cualquiera puede expresar lo que le salga del/de la níspero/a (o casi: algún día me molestaré en leer las condiciones de uso de Blogger.com... ah, y cuidadín con las fantasías que vierten sobre cantantes femeninas) con la única inversión de unos dos minutos de tiempo rellenando formularios en pantalla. Claro que el simple hecho de expresar lo que sea no garantiza la "comunicación", o sea, no garantiza audiencia; y es por eso que el atractivo que para algunos ejerce la contumelia en caja de comentarios ajena parece ser el del secuestro del público; eso es, si le insulto a fulanito en su propio blog entonces, jeje, mis insultos serán leídos por todos esos lectores fieles que él, mediante constancia y esfuerzo, ha conseguido granjear. (Tal secuestro, evidentemente, es precisamente lo que hace Vinicio con los periodistas televisivos que le caen trucho, tal como vimos en la última entrada.) Aquí hay, lo sé, distancias que salvar, pues un blog no es lo mismo que un diario de gran tirada, y una caja de comentarios no es lo mismo que una sección de opinión, y una sarta de improperios no es lo mismo que una opinión bien argumentada... sin embargo, creo que el ejemplo propuesto demuestra la necesidad de distinguir, como mínimo, entre aquella "censura" que no involucra a más personas que el dueño del medio y un público al cual se propone, a veces con sinceridad, ahorrar lecturas ingratas, por un lado, y por otro la censura que ejerce el Estado, que a diferencia de la anterior, realmente funciona, es decir, es capaz de impedir totalmente la difusión pública de determinadas opiniones u informaciones dentro del territorio donde ejerce soberanía. Creo que en este tema hay que matizar, o mejor dicho, reconocer que existen diferentes grados de "censura" cuya gravedad depende en parte de la naturaleza de lo que se intenta suprimir, y en parte del grado de control que el censor consigue ejercer sobre la difusión de información (que en el caso del Estado suele ser total, mientras en el de cualquier medio privado no pasa de ser parcial, temporal y circunstancial).
Y puestos a matizar, creo que es importante reconocer que el "malvado" dueño de un medio que "censura" a sus empleados (periodistas), es decir, insiste en suprimir o modificar alguna expresión de parte de ellos no siempre actúa de mala fe o con intereses protervos (a veces sí, por supuesto), y que no es del todo claro que el periodista tenga, por el simple hecho de serlo, el "derecho" a que todo lo que escribe sea publicado íntegramente en el medio en cuestión (no es que XF sugiera tal cosa, sino que los términos maniqueos en que suelen reducirse este tipo de debates en muchas ocasiones asignan el papel de villano al dueño del medio, de un modo irreflexivo, y parecen apuntar hacia tales conclusiones). En este respecto conviene recordar que el periodista que trabaja para un determinado medio es depositario de un privilegio en muchos casos inmerecido, es decir, tiene la posibilidad de dirigirse a un público muy grande cuya disponibilidad se debe al esfuerzo de otras personas, durante años o décadas, entre ellas el propio dueño del medio en algunos casos, que conjuntamente han creado la actual reputación del medio en cuestión y esa gran audiencia de la que goza. Tales consideraciones apuntan hacia una necesaria distinción entre, por un lado, la libertad de expresión que es derecho inalienable del periodista como de cualquier persona, y por otro lado, el derecho del dueño del medio a disponer de lo que es suyo, del propio medio y de los contenidos, de los que depende en gran medida el éxito de su empresa y la fidelidad de su público (valga apuntar que ese derecho que yo postulo es violado con frecuencia diaria por el gobierno de este país mediante la mencionada técnica del secuestro de audiencias en las llamadas "cadenas"). El conflicto postulado entre estos dos derechos, en mi opinión, es más aparente que real, por lo menos en el supuesto de que el periodista "censurado" por un medio determinado tiene la posibilidad de ejercer su libertad de expresión de otra forma, o bien migrando hacia otro medio (lo que hizo el propio XF migrando desde El Universo hacia El Telégrafo), o bien abriendo su propio espacio mediático, siquiera simbólico (Carlos Vera TV), o bien subiendo a bordo de una caja de jabón en la esquina Speakers Corner, en Londres (esto último es broma, por si acaso). Claro que en todos estos casos el periodista puede ver mermado o transfigurado su público, pero, recordémoslo, disponer de un determinado público no es ni puede ser "derecho" de nadie, pues ello implicaría la obligación de cada miembro de ese público de continuar ejerciendo ese papel, lo cual nos llevaría directo al totalitarismo. Aquella persona que tenga algo que comunicar, en principio, tiene que ganarse su propio público.
Nada de esto es óbice para que existan regulaciones como la cláusula de conciencia o el derecho a réplica, con tal de que dicha regulación, en los detalles de su aplicación, sea respetuosa con los mencionados derechos del dueño del medio y al mismo tiempo sea realista (una legislación irreflexiva, como otros autores más sabios han señalado, podría dar como resultado que los diarios se llenen de interminables páginas llenas de intercambios de contrarréplicas en letra minúscula, a cuál más incoherente, al lado de las cuales, la necrología de repente cobrará inusitado interés para el lector). Supongo que habrá quedado claro que no albergo grandes esperanzas de encontrar tal grado de pragmatismo y de sensatez en el proyecto final, y que no considero que la supuesta necesidad de tal regulación justifique apoyar un proyecto tan peligroso como el que motiva esta discusión (eso es, suponiendo que el agravio que afecte "la honra de las personas" ya esté sujeto a algún tipo de sanción bajo la ley existente, como ya comenté en otra entrada).
En todo caso, lo evidente es que aquí hay diferencia de criterio sobre el alcance de ese problema de la supuesta "censura" ejercida por los propios medios de comunicación (que los periodistas digan, mediante encuestas, que se consideren objetos de censura no ayuda a aclarar la cuestión si aceptamos, como apunté arriba, que tal "censura" puede tener diferentes grados de, digamos, "gravedad", en función de la naturaleza de los contenidos censurados y de la existencia o no de medios alternativos de expresión). También llama la atención el hecho de que, aun reconociendo la posibilidad de que el Estado ejerza censura, el "elenco de garantías" que propone XF no incluye ninguna propuesta que vierta sobre este tema, por ejemplo, una garantía de que no habrá censura previas de contenidos ejercida por instancias estatales.
5.2) Sobre el “rol regulador del Estado”.
XF: "Finalmente, sostienes una crítica al supuesto de que tengo esa creencia “de que la solución a todo problema humano pasa por crear mejores leyes, prohibiciones, restricciones y sanciones cada vez más exquisitas, hasta que por fin las personas empiecen a comportarse como yo prefiero”. Yo creo, en efecto, que la existencia de leyes (no de las leyes controladoras, como tú afirmas reiteradamente, con ausencia de matices) puede contribuir a una sociedad que garantice de mejor manera las libertades de las personas (tomándonos la libertad en serio, no con esa retórica meramente ontológica y privilegiadamente patrimonial que es denominador común del liberalismo clásico y del universo mental neoliberal), incluida, por supuesto, la libertad de expresión. Lo que implica, en el marco de la legislación que propongo, la existencia de restricciones legítimas a ese derecho (prohibición de monopolios y oligopolios, e.g.) y, en particular y más importante, la posibilidad de todas las personas de ejercer su libertad de interactuar con los medios de comunicación para resarcirse de daños que estos le ocasionen a su honra (derecho de rectificación o respuesta, e.g.) o para hacerles saber de su inconformidad (el defensor del público, e.g.) o para participar en medios de comunicación y difundir información y opinión (los medios comunitarios, e.g.). Nuevamente, esas regulaciones son en beneficio de ese “nosotros” que tanto te preocupa a ti pero al que, curiosamente, las leyes del mercado suelen acallar para privilegiar las voces de unos pocos. "
Esta propuesta de la creación de medios comunitarios merece tratamiento aparte, pero por el momento no pienso entrar en esa discusión por falta de tiempo. Por el resto, repito, creo que en todos estos temas las buenas intenciones no cuentan, y es preciso reconocer que lo que se persigue con la Ley propuesta es un recorte de las libertades y la creación de un paisaje mediático homogéneo, árido, sumiso al poder, donde se privilegiará lo "oficial" y se perseguirán todas aquellas voces que demuestren algún grado de independencia. En este contexto, hasta la propuesta más aparentemente inocua merece reticencia en la medida en que la "letra pequeña" de la ley se preste a abusos autoritarios. En tal sentido, por ejemplo, hemos visto que en este país no se reconoce como en otros lugares que el estatus del funcionario público conlleva necesariamente cierta tolerancia hacia la crítica en aras del debate libre y abierto; al contrario, nuestros gobernantes han demostrado hipersensibilidad hacia la crítica y un marcado afán litigioso, que sólo hace falta que se refuerce con nuevas sanciones y nuevos poderes para que el entorno mediático se vuelva, para cualquier crítico del gobierno, "irrespirable". Un ejemplo práctico de lo que quiero decir con eso se encuentra en la entrada anterior donde mencioné el caso de las cadenas gubernamentales que interrumpen los programas de debate, sin duda con el amparo teórico de un supuesto derecho a "réplica", pero que realmente, en mi opinión, constituyen un flagrante abuso de privilegio. ("Es de mala educación interrumpir" - mi abuelita. Intimidar con veladas amenazas, se supone que todavía más.)
Por lo cual, considero que se tendría que partir de otro planteamiento, el de que esas "voces de unos pocos" que se encuentran actualmente "privilegiadas" son las del oficialismo triunfante, y que por consiguiente lo que hace falta urgentemente en cuestión de leyes son garantías respecto a la libertad del ciudadano y del medio independiente frente al Estado. (En términos precisos, por ejemplo, sería bienvenida una regulación de derecho a réplica en la línea de la propuesta por XF, pero que excluya del ejercicio de tal derecho expresamente a los funcionarios públicos, que realmente no lo necesitan.)
6) Un par de correcciones.
XF: "Para finalizar, un par correcciones. En Reino Unido no se regula a los medios de comunicación impresos, pero a diferencia de tu enunciado “no hay nada remotamente semejante”, se regula de manera extensa a los medios de comunicación audiovisual (en la Communications Act del año 2003) y se tiene un ente regulador llamado Office of Communications (OFCOM -acá una explicación detallada de esta ley). No sé si fue por ignorancia o por confusión conceptual (el concepto “medios de comunicación” no es idéntico a “medios de comunicación impresos”) pero es necesario aclarártelo. "
El hecho de que la Communications Act del 2003 no contenga una regulación de los medios impresos, ya de por sí la aleja de cualquier semejanza con el proyecto bajo discusión. Pero es bueno recordar que también en el Reino Unido los vientos autoritarios están soplando en la misma dirección que acá (y provocando las mismas protestas).
XF: "Para concluir, sobre la referencia que haces a John Milton en el título de tu réplica, valga señalar que él escribió un interesante alegato contra la censura previa (lo chistoso es que decía que la censura previa –por un elenco inteligente de razones- era siempre mala, salvo cuando se trataba de censurar los escritos de los religiosos católicos, ja). Te hago notar, en todo caso, que en ningún apartado de mis columnas yo he alegado por la censura previa (la que sólo reconozco como válida para el caso de protección moral de la infancia y adolescencia) con lo cual el título que utilizas es inapropiado para la crítica que me formulas. "
En tal caso, como ya señalé, es llamativa la ausencia, en su "elenco de garantías", de una expresa prohibición de tal "censura previa". Lo que no menciona XF es que el escrito de Milton es el de un "revolucionario" convencido, que a pesar de apoyar un gobierno "progresista" (según las luces de la época, es decir, en contra del absolutismo monárquico) sin embargo tuvo la entereza de mostrar su discrepancia con sus colegas revolucionarios en este tema preciso de la necesidad de censura gubernamental; y que este escrito ha servido de inspiración a generaciones posteriores de luchadores por la libertad de la palabra.
XF: "Luego, sostienes que el “derecho a recibir información” consiste “esencialmente en el derecho a no sufrir censura por parte […] del mismo Estado”, con lo cual asumes que “lo único que puede y tiene que hacer el Estado en pro de ese derecho es no interferir en el proceso de comunicación”. Esta es una importante diferencia entre tu pensamiento sobre este tema y el que yo postulo. El derecho de toda persona a expresarse (digamos, la dimensión individual de la libertad de expresión) y el derecho de toda persona a recibir información (digamos, la dimensión social de la libertad de expresión) no solamente lo puede censurar el Estado, sino que también lo puede censurar (o llama como quieras al efecto de impedir la expresión de ciertas voces o de privilegiar otras y a la distorsión de información para satisfacer un propósito de interés particular de la empresa de comunicación) los medios de comunicación. Esa censura, por ejemplo, que puede sucederle a los periodistas que trabajan en un medio de comunicación (v. informe de la Ciespal acá): de ahí la necesaria regulación de la cláusula de conciencia. Esa distorsión, por ejemplo, que puede afectar la honra delas personas: de ahí la necesaria regulación del derecho de rectificación o respuesta. Ese acallar de algunas voces o privilegiar otras: de ahí la necesaria regulación de los monopolios y oligopolios, así como la creación de medios públicos y comunitarios. "
Desde hace algún tiempo, el autor del párrafo citado ejerce "censura" (según su propio criterio aquí expresado) en la sección de comentarios de su blog, donde algunas "voces" (es decir, lectores de su blog que se molestan en comentar el contenido de algún artículo) son "impedidas en su expresión", es decir, sus comentarios son suprimidos. El propio XF justifica este actuar con el argumento de que los comentarios suprimidos, que se intuyen de naturaleza ofensiva, no contribuyen al debate que se pretende establecer. Si el lector quiere, puede echar un vistazo a los comentarios que sí se publican, para formar su propio criterio respecto a si todos ellos contribuyen a algún debate. En fin. Lo que hace XF (ejercer de "moderador" de los comentarios siguiendo su propio criterio) lo he hecho yo también en algún momento; es algo rutinario en este mundo bloguero, y no tiene apenas trascendencia, eso es, hasta el momento que alguien grita "¡censura!" (lo cual, de modo algo paradójico, en el pasaje citado le cae el propio "censor" hacer). En tal caso, nosotros (los blogueros) nos vemos obligados a defendernos contra tamaña acusación. La defensa más habitual consiste en alguna variante o traducción de las palabras get yer own friggen blog. Sinceramente, creo que con eso basta. Es decir, hablar de censura (intento de silenciar la expresión de alguna opinión o la difusión de alguna información) no resulta demasiado creíble en un medio como el Internet, donde cualquiera puede expresar lo que le salga del/de la níspero/a (o casi: algún día me molestaré en leer las condiciones de uso de Blogger.com... ah, y cuidadín con las fantasías que vierten sobre cantantes femeninas) con la única inversión de unos dos minutos de tiempo rellenando formularios en pantalla. Claro que el simple hecho de expresar lo que sea no garantiza la "comunicación", o sea, no garantiza audiencia; y es por eso que el atractivo que para algunos ejerce la contumelia en caja de comentarios ajena parece ser el del secuestro del público; eso es, si le insulto a fulanito en su propio blog entonces, jeje, mis insultos serán leídos por todos esos lectores fieles que él, mediante constancia y esfuerzo, ha conseguido granjear. (Tal secuestro, evidentemente, es precisamente lo que hace Vinicio con los periodistas televisivos que le caen trucho, tal como vimos en la última entrada.) Aquí hay, lo sé, distancias que salvar, pues un blog no es lo mismo que un diario de gran tirada, y una caja de comentarios no es lo mismo que una sección de opinión, y una sarta de improperios no es lo mismo que una opinión bien argumentada... sin embargo, creo que el ejemplo propuesto demuestra la necesidad de distinguir, como mínimo, entre aquella "censura" que no involucra a más personas que el dueño del medio y un público al cual se propone, a veces con sinceridad, ahorrar lecturas ingratas, por un lado, y por otro la censura que ejerce el Estado, que a diferencia de la anterior, realmente funciona, es decir, es capaz de impedir totalmente la difusión pública de determinadas opiniones u informaciones dentro del territorio donde ejerce soberanía. Creo que en este tema hay que matizar, o mejor dicho, reconocer que existen diferentes grados de "censura" cuya gravedad depende en parte de la naturaleza de lo que se intenta suprimir, y en parte del grado de control que el censor consigue ejercer sobre la difusión de información (que en el caso del Estado suele ser total, mientras en el de cualquier medio privado no pasa de ser parcial, temporal y circunstancial).
Y puestos a matizar, creo que es importante reconocer que el "malvado" dueño de un medio que "censura" a sus empleados (periodistas), es decir, insiste en suprimir o modificar alguna expresión de parte de ellos no siempre actúa de mala fe o con intereses protervos (a veces sí, por supuesto), y que no es del todo claro que el periodista tenga, por el simple hecho de serlo, el "derecho" a que todo lo que escribe sea publicado íntegramente en el medio en cuestión (no es que XF sugiera tal cosa, sino que los términos maniqueos en que suelen reducirse este tipo de debates en muchas ocasiones asignan el papel de villano al dueño del medio, de un modo irreflexivo, y parecen apuntar hacia tales conclusiones). En este respecto conviene recordar que el periodista que trabaja para un determinado medio es depositario de un privilegio en muchos casos inmerecido, es decir, tiene la posibilidad de dirigirse a un público muy grande cuya disponibilidad se debe al esfuerzo de otras personas, durante años o décadas, entre ellas el propio dueño del medio en algunos casos, que conjuntamente han creado la actual reputación del medio en cuestión y esa gran audiencia de la que goza. Tales consideraciones apuntan hacia una necesaria distinción entre, por un lado, la libertad de expresión que es derecho inalienable del periodista como de cualquier persona, y por otro lado, el derecho del dueño del medio a disponer de lo que es suyo, del propio medio y de los contenidos, de los que depende en gran medida el éxito de su empresa y la fidelidad de su público (valga apuntar que ese derecho que yo postulo es violado con frecuencia diaria por el gobierno de este país mediante la mencionada técnica del secuestro de audiencias en las llamadas "cadenas"). El conflicto postulado entre estos dos derechos, en mi opinión, es más aparente que real, por lo menos en el supuesto de que el periodista "censurado" por un medio determinado tiene la posibilidad de ejercer su libertad de expresión de otra forma, o bien migrando hacia otro medio (lo que hizo el propio XF migrando desde El Universo hacia El Telégrafo), o bien abriendo su propio espacio mediático, siquiera simbólico (Carlos Vera TV), o bien subiendo a bordo de una caja de jabón en la esquina Speakers Corner, en Londres (esto último es broma, por si acaso). Claro que en todos estos casos el periodista puede ver mermado o transfigurado su público, pero, recordémoslo, disponer de un determinado público no es ni puede ser "derecho" de nadie, pues ello implicaría la obligación de cada miembro de ese público de continuar ejerciendo ese papel, lo cual nos llevaría directo al totalitarismo. Aquella persona que tenga algo que comunicar, en principio, tiene que ganarse su propio público.
Nada de esto es óbice para que existan regulaciones como la cláusula de conciencia o el derecho a réplica, con tal de que dicha regulación, en los detalles de su aplicación, sea respetuosa con los mencionados derechos del dueño del medio y al mismo tiempo sea realista (una legislación irreflexiva, como otros autores más sabios han señalado, podría dar como resultado que los diarios se llenen de interminables páginas llenas de intercambios de contrarréplicas en letra minúscula, a cuál más incoherente, al lado de las cuales, la necrología de repente cobrará inusitado interés para el lector). Supongo que habrá quedado claro que no albergo grandes esperanzas de encontrar tal grado de pragmatismo y de sensatez en el proyecto final, y que no considero que la supuesta necesidad de tal regulación justifique apoyar un proyecto tan peligroso como el que motiva esta discusión (eso es, suponiendo que el agravio que afecte "la honra de las personas" ya esté sujeto a algún tipo de sanción bajo la ley existente, como ya comenté en otra entrada).
En todo caso, lo evidente es que aquí hay diferencia de criterio sobre el alcance de ese problema de la supuesta "censura" ejercida por los propios medios de comunicación (que los periodistas digan, mediante encuestas, que se consideren objetos de censura no ayuda a aclarar la cuestión si aceptamos, como apunté arriba, que tal "censura" puede tener diferentes grados de, digamos, "gravedad", en función de la naturaleza de los contenidos censurados y de la existencia o no de medios alternativos de expresión). También llama la atención el hecho de que, aun reconociendo la posibilidad de que el Estado ejerza censura, el "elenco de garantías" que propone XF no incluye ninguna propuesta que vierta sobre este tema, por ejemplo, una garantía de que no habrá censura previas de contenidos ejercida por instancias estatales.
5.2) Sobre el “rol regulador del Estado”.
XF: "Finalmente, sostienes una crítica al supuesto de que tengo esa creencia “de que la solución a todo problema humano pasa por crear mejores leyes, prohibiciones, restricciones y sanciones cada vez más exquisitas, hasta que por fin las personas empiecen a comportarse como yo prefiero”. Yo creo, en efecto, que la existencia de leyes (no de las leyes controladoras, como tú afirmas reiteradamente, con ausencia de matices) puede contribuir a una sociedad que garantice de mejor manera las libertades de las personas (tomándonos la libertad en serio, no con esa retórica meramente ontológica y privilegiadamente patrimonial que es denominador común del liberalismo clásico y del universo mental neoliberal), incluida, por supuesto, la libertad de expresión. Lo que implica, en el marco de la legislación que propongo, la existencia de restricciones legítimas a ese derecho (prohibición de monopolios y oligopolios, e.g.) y, en particular y más importante, la posibilidad de todas las personas de ejercer su libertad de interactuar con los medios de comunicación para resarcirse de daños que estos le ocasionen a su honra (derecho de rectificación o respuesta, e.g.) o para hacerles saber de su inconformidad (el defensor del público, e.g.) o para participar en medios de comunicación y difundir información y opinión (los medios comunitarios, e.g.). Nuevamente, esas regulaciones son en beneficio de ese “nosotros” que tanto te preocupa a ti pero al que, curiosamente, las leyes del mercado suelen acallar para privilegiar las voces de unos pocos. "
Esta propuesta de la creación de medios comunitarios merece tratamiento aparte, pero por el momento no pienso entrar en esa discusión por falta de tiempo. Por el resto, repito, creo que en todos estos temas las buenas intenciones no cuentan, y es preciso reconocer que lo que se persigue con la Ley propuesta es un recorte de las libertades y la creación de un paisaje mediático homogéneo, árido, sumiso al poder, donde se privilegiará lo "oficial" y se perseguirán todas aquellas voces que demuestren algún grado de independencia. En este contexto, hasta la propuesta más aparentemente inocua merece reticencia en la medida en que la "letra pequeña" de la ley se preste a abusos autoritarios. En tal sentido, por ejemplo, hemos visto que en este país no se reconoce como en otros lugares que el estatus del funcionario público conlleva necesariamente cierta tolerancia hacia la crítica en aras del debate libre y abierto; al contrario, nuestros gobernantes han demostrado hipersensibilidad hacia la crítica y un marcado afán litigioso, que sólo hace falta que se refuerce con nuevas sanciones y nuevos poderes para que el entorno mediático se vuelva, para cualquier crítico del gobierno, "irrespirable". Un ejemplo práctico de lo que quiero decir con eso se encuentra en la entrada anterior donde mencioné el caso de las cadenas gubernamentales que interrumpen los programas de debate, sin duda con el amparo teórico de un supuesto derecho a "réplica", pero que realmente, en mi opinión, constituyen un flagrante abuso de privilegio. ("Es de mala educación interrumpir" - mi abuelita. Intimidar con veladas amenazas, se supone que todavía más.)
Por lo cual, considero que se tendría que partir de otro planteamiento, el de que esas "voces de unos pocos" que se encuentran actualmente "privilegiadas" son las del oficialismo triunfante, y que por consiguiente lo que hace falta urgentemente en cuestión de leyes son garantías respecto a la libertad del ciudadano y del medio independiente frente al Estado. (En términos precisos, por ejemplo, sería bienvenida una regulación de derecho a réplica en la línea de la propuesta por XF, pero que excluya del ejercicio de tal derecho expresamente a los funcionarios públicos, que realmente no lo necesitan.)
6) Un par de correcciones.
XF: "Para finalizar, un par correcciones. En Reino Unido no se regula a los medios de comunicación impresos, pero a diferencia de tu enunciado “no hay nada remotamente semejante”, se regula de manera extensa a los medios de comunicación audiovisual (en la Communications Act del año 2003) y se tiene un ente regulador llamado Office of Communications (OFCOM -acá una explicación detallada de esta ley). No sé si fue por ignorancia o por confusión conceptual (el concepto “medios de comunicación” no es idéntico a “medios de comunicación impresos”) pero es necesario aclarártelo. "
El hecho de que la Communications Act del 2003 no contenga una regulación de los medios impresos, ya de por sí la aleja de cualquier semejanza con el proyecto bajo discusión. Pero es bueno recordar que también en el Reino Unido los vientos autoritarios están soplando en la misma dirección que acá (y provocando las mismas protestas).
XF: "Para concluir, sobre la referencia que haces a John Milton en el título de tu réplica, valga señalar que él escribió un interesante alegato contra la censura previa (lo chistoso es que decía que la censura previa –por un elenco inteligente de razones- era siempre mala, salvo cuando se trataba de censurar los escritos de los religiosos católicos, ja). Te hago notar, en todo caso, que en ningún apartado de mis columnas yo he alegado por la censura previa (la que sólo reconozco como válida para el caso de protección moral de la infancia y adolescencia) con lo cual el título que utilizas es inapropiado para la crítica que me formulas. "
En tal caso, como ya señalé, es llamativa la ausencia, en su "elenco de garantías", de una expresa prohibición de tal "censura previa". Lo que no menciona XF es que el escrito de Milton es el de un "revolucionario" convencido, que a pesar de apoyar un gobierno "progresista" (según las luces de la época, es decir, en contra del absolutismo monárquico) sin embargo tuvo la entereza de mostrar su discrepancia con sus colegas revolucionarios en este tema preciso de la necesidad de censura gubernamental; y que este escrito ha servido de inspiración a generaciones posteriores de luchadores por la libertad de la palabra.
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